Más de 6 delitos se cometen al pedir cuotas escolares

El Colegio de Abogados aseguró que al solicitarse dinero en las escuelas se cae en ‘Ejercicio Ilícito del servicio público’, ‘Abuso de autoridad’, ‘Coalición de servidores públicos’, Ejercicio ilícito de atribuciones y facultades’, y ‘Cohecho’; y los particulares también cometen otros ilícitos.

Eduardo Beltrán

Alrededor de seis delitos previstos en la Constitución y el Código Penal del Estado de Tabasco comete el personal administrativo de las escuelas y las sociedades de padres de familia al pedir cuotas escolares, sobre todo al condicionarlas a cambio de inscripciones o entrega de documentos, afirmó el miembro del Colegio de Abogados Tabasqueños, Sergio Antonio Reyes Ramos.

Al indicar que la Secretaría de Educación del Estado es omisa ante estas irregularidades, Reyes Ramos dijo que el condicionamiento a la inscripción o la retención de documentos está sancionada en el Código Penal del Estado de Tabasco.

“Esas actitudes, tanto de servidores públicos, como de particulares, son en realidad delitos que están previstos en el Código Penal de Tabasco”.

Dijo en este sentido que se sanciona el ‘Ejercicio Ilícito del servicio público’, ‘Abuso de autoridad’, ‘Coalición de servidores públicos’, Ejercicio ilícito de atribuciones y facultades’ y ‘Cohecho’.

Y para los particulares, en este caso las sociedades de padres de familia, comentó que los delitos serían en término a lo dispuesto en los Artículos 145 y 246 del Código Penal de Tabasco.

El jurista sostuvo que es indebido condicionar la entrega de papeles oficiales por pago de cuotas, cuando los Artículos Tercero de la Constitución Mexicana y el Segundo de la Constitución de Tabasco, reconocen a la educación como un derecho que debe ser gratuito. Abundó en este sentido que la ‘retención de documentos’ igualmente es un delito previsto en el Artículo 236 en la fracción tercera, que suscribe sobre el ‘Abuso de autoridad’, que dice que comete un delito “quien indebidamente retarde o niegue a los particulares la protección o servicio que tenga la obligación de otorgarles, o impida la prestación o el curso de una solicitud. Y en el Artículo 237 se indica que comenten delito “los servidores públicos que se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento o disposición de carácter general, para evitar su ejecución o suspender la administración pública”.

“No es válido que se argumente el mantenimiento de los planteles, porque cada año es un rubro etiquetado en el Presupuesto de Egresos del Estado y de la Federación”.

Urgió a los afectados por las cuotas escolares a demandar penalmente ante la Fiscalía General del Estado o solicitar un amparo ante el Poder Judicial de la Federación para hacer efectiva la garantía constitucional del acceso gratuito a la educación. Afirmó que en estos momentos se está tolerando la privatización de la educación.

Sergio Antonio Reyes Ramos explicó que otra irregularidad es solicitar el acta de nacimiento actualizada, porque dicho documento no pierde vigencia.